Delegación Presidencial Regional de La Ley N° 20.330: fomenta que profesionales y técnicos jóvenes, presten servicios en las
comunas con menores niveles de desarrollo del país y puedan acceder al pago de un
beneficio anual.
Para postular al beneficio anual se deberá cumplir con los requisitos que señala el presente
llamado y deberá acreditar al menos un año ininterrumpido de prestación de servicios, según
lo indican las bases del presente llamado.
Beneficio anual: Es aquel que corresponde por cada año de servicio prestado, con un
máximo de tres, por un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le
correspondería pagar durante dicho año, o a un monto equivalente a la cantidad pagada de
su crédito en el año calendario anterior, según corresponda, con un tope de 16 UTM.
Beneficio adicional: Es aquel que corresponde por el tercer año de servicio prestado de
manera ininterrumpida, por un monto equivalente a tres veces el valor de la cuota anual del
crédito que le correspondería pagar durante dicho año o a tres veces la cantidad pagada de su
crédito durante el año calendario anterior, el cual tiene un tope de 48 UTM del mes de
diciembre del mismo año.
Los requisitos para postular al beneficio son los siguientes:
dependientes de los Servicios de Salud, según el caso, o en Corporaciones o en la Fundación
para la Superación de la Pobreza; institución que presta apoyo a los municipios, en comunas
con menores niveles de desarrollo del país, determinadas por el Reglamento de la Ley N°
20.330. Se entenderá por servicio remunerado aquel que se efectúe bajo cualquier forma
jurídica que contemple a lo menos 44 horas semanales, o bien la prestación de un
determinado servicio equivalente. En el caso de profesionales que ejerzan labores en dos o
más municipalidades o en una asociación de éstas, se entenderá cumplido lo dispuesto en el
punto anterior, si a lo menos 22 horas semanales de trabajo, se desarrollan en el municipio de
una comuna con menores niveles de desarrollo del país. En el caso de profesionales que se
desempeñen en establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, podrán participar
solo los Médicos Cirujanos y Cirujanos Dentistas, deudores de los créditos señalados, que
hayan obtenido una especialidad y desarrollan sus funciones en una comuna con menores
niveles de desarrollo del país, con 22 horas semanales de trabajo en dichos servicios.
Inicio de las postulaciones Martes 23 de Octubre y hasta el día Viernes 04 de
Noviembre desde las 08.30 hasta las 14.00 hrs. En la Oficina de Partes de la
Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota.
Dudas y consultas al profesional responsable:
Susana Bugueño Diaz, Trabajadora Social Depto. Social.
Fono: 2 23821391
Email: sbugueno@interior.gob.cl
FORMULARIO DE POSTULACIÓN LEY 20.330
MODELO DE CERTIFICADO TIPO ALCALDE
BASES DE POSTULACIÓN LEY 20330